Artículo 5. Custodia de los instrumentos de evaluación de factores de riesgo psicosocial. Para la custodia de los instrumentos de evaluación de factores de riesgo psicosocial se aplicarán las siguientes reglas para cada individuo de los casos:Este creador recoge aquellas cuestiones que afectan a la posición de un trabajador respecto a su orden